Casarse en Brasil
Si la idea es casarse y vivir aquí:
El extranjero podrá entrar en Brasil como turista* y después de la boda, debe solicitar la permanencia definitiva por matrimonio con brasileño.
* Para entrar en Brasil como turista, el máximo es de 3 meses (ampliables a 180 días) que puedes permanecer en el país. Permanencia en Brasil
Los interesados deben consultar directamente con el cartorio (notaria) o iglesia en Brasil los documentos específicos necesarios pero generalmente son los siguientes que deben constar también traducidos por traductor oficial y legalizados por el consulado brasileño en el país de origen (antes de la apostilla también debían ser registrados en el Registro de Imóveis, Títulos e Documentos e Civil de Pessoas Jurídicas)
Soltero:
- Certidão de Nascimento (Certificado de nacimiento)
- Atestado de estado civil (Comprobante de estado civil)
- Atestado de residência (Comprobante de residencia)
- Passaporte ou Carteira de Identidade (Pasaporte o documento de identidad vigente)
- Procuração (Poder)
Divorciado:
- Certidão de Divórcio e a Certidão do Casamento (originais)(Comprobante de divorcio y de matrimonio originales)
- Certidão de Nascimento (Certificado de nacimiento)
- Atestado de residência (Comprobante de residencia)
- Passaporte ou Carteira de Identidade (Pasaporte o documento de identidad vigente)
- Procuração (Poder)
La ceremonia de la boda sólo puede realizarse después de la aprobación del período mínimo de veinte días a partir de la calificación para el matrimonio.
El brasileño solo necesita:
– certidão de nascimento (Certificado de nacimiento original)
– cédula de identidade (RG) (documento de identidad original)
Además sera necesaria la presencia de un interprete en caso que la persona extranjera no hable portugués y dos testigos.
Casarse en Colombia
Documentos necesarios para Matrimonio Civil con Extranjero
Soltero:
- Registro civil de nacimiento (no más de tres meses de expedición)
- Certificado de Soltería o de estado civil.( no más de tres meses de expedición)
- Fotocopia del Pasaporte con la copia de la ultima entrada al país.
Divorciado:
- Registro de nacimiento (no más de tres meses de expedición)
- Decreto de divorcio otorgado con las formalidades del lugar de donde provengan (no más de tres meses de expedición)
- Certificado que acredite su estado civil de divorciado. (no más de tres meses de expedición)
- Fotocopia del pasaporte.
Si el extranjero no está en Colombia para presentar la solicitud, además debe enviar poder especial puede ser para el otro contrayente, para que presente la solicitud de matrimonio en nombre y representación de él; este poder debe venir autenticado ante el Consulado, traducido por traductor oficial o apostillado.
Todos los anteriores deben de venir apostillados o legalizados. Traducción oficial en caso que venga a un idioma diferente al español.
Además de los documentos citados, el extranjero para la celebración del matrimonio debe aportar el documento de identificación, que es el pasaporte vigente.
Más información aqui
http://bogota.itamaraty.gov.br/pt-br/registro_de_casamento.xml
http://miami.itamaraty.gov.br/pt-br/casamento.xml